Este listado actualizado de bienes y servicios debe mantenerse a disposición de las entidades estatales y del público en general en las oficinas de las bolsas y permanecer publicado en la correspondiente página web95.

En la negociación por cuenta de entidades estatales en bolsas de productos, el postor ganador será aquel que ofrezca el menor precio. Esta negociación podrá hacerse de manera presencial o electrónica. Como ejemplo de esta modalidad, podemos citar la apertura del proceso iniciado en 2013 por COLDEPORTES para la "contratar la adquisición de elementos para realización de controles al dopaje, conforme a las necesidades del programa nacional antidopaje, la propuesta presentada por las sociedades comisionistas comprador y vendedor.." (los detalles del proceso se pueden encontrarse en el siguiente vínculo:
http://www.coldeportes.gov.co/coldeportes/index.php?idcategoria=61057)

9.2.2.2 La contratación de menor cuantía96. Ésta se determina teniendo en cuenta los presupuestos anuales de las entidades públicas, expresados en salarios mínimos legales mensuales, según los criterios previstos en la Ley 1150 de 2007.

Así, atendiendo la capacidad de gestión de las entidades contratantes, el procedimiento previsto para esta causal dentro de la selección abreviada, ha sido entendida como una "mini-licitación", según criterios de razonabilidad y en desarrollo de los principios de economía y eficiencia; con lo cual, es un procedimiento expedito cuando los montos a comprometer no son tan altos. Asimismo, es necesario tener en cuenta las cuantías señaladas para la "menor cuantía", para determinar la cuantía aplicable a la "mínima cuantía", modalidad de selección independiente que se detalla en el numeral 9.2.5.

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95. Artículo 55 del Decreto 1510 de 2013.

96. Artículo 2.2. de la Ley 1150 de 2007. "(…) Para las entidades que tengan un presupuesto anual superior o igual a 1.200.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 1.000 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 850.000 salarios mínimos legales mensuales e inferiores a 1.200.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 850 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 400.000 salarios mínimos legales mensuales e inferior a 850.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 650 salarios mínimos legales mensuales.

Las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 120.000 salarios mínimos legales mensuales e inferior a 400.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 450 salarios mínimos legales mensuales. Las que tengan un presupuesto anual inferior a 120.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 280 salarios mínimos legales mensuales"