De hecho, se debe confeccionar la oferta conforme a lo establecido en los pliegos de condiciones, pues en caso contrario, la entidad pública podrá rechazar la misma y no tenerla en cuenta dentro del respectivo proceso.

En esta etapa resulta de enorme importancia revisar los documentos que la entidad solicita y la forma de presentación. Si hay formatos, es necesario preguntarse cuáles son, cómo se deben diligenciar y cuántas copias hay que llevar.

No obstante la importancia de que en todo proceso de selección el proponente conozca el contenido de los pliegos de condiciones, la ley dispone que debe primar el contenido de la propuesta sobre el formato. Así, en caso de que por error se diligencie un formato de manera equivocada pero se encuentre incluida la información necesaria, la entidad que adelanta el proceso no podrá rechazar la oferta.

En caso de que haga falta un documento o especificación, la entidad le dará una oportunidad al proponente para que subsane dicho error. Sin embargo, si en dicho lapso el proponente no corrige lo que se le ha solicitado, la oferta del proponente le será rechazada.

9.3.4 ¿Qué sucede después de haber presentado mi oferta?

Una vez los proponentes interesados presentan sus ofertas, la entidad estatal inicia un proceso de evaluación, en términos de "Pasa -No pasa" (ver numeral 8.2) en cuanto a los requisitos habilitantes relativos a experiencia, capacidad jurídica y organizacional.

La entidad debe en todo caso dar la oportunidad para subsanar la ausencia de documentos que verifiquen estas condiciones, en los términos otorgados por la entidad pública

Para el caso de la selección abreviada para la adquisición de bienes o servicios de características técnicas uniformes, una vez se presenten las ofertas, la entidad estatal debe publicar un informe de habilitación de los oferentes, en el cual debe indicar si los bienes o servicios ofrecidos por el interesado cumplen con la ficha técnica y si el oferente se encuentra habilitado y publicará el resultado de dicha verificación. Una vez publicada en el término indicado en el cronograma del pliego de condiciones se dará inicio a la subasta como tal.

En la modalidad de mínima cuantía, una vez presentadas las ofertas, se procederá a verificar los requisitos mínimos, y habiéndose verificado éstos la entidad publicará un informe de evaluación durante por lo menos un (1) día hábil y se procederá a escoger la mejor oferta presentada desde el punto de vista económico.

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